Cuando sea denunciado la vigencia de un convenio (antes de tres meses a su vencimiento) o cuando en el plazo máximo de finalización de la negociación colectiva (8 meses y 14 meses) , no se hubiera conseguido aprobar , el convenio quedará renovado automáticamente ; sin embargo las partes podrán acordar acuerdos parciales sobre la modificación de alguno de sus contenidos prorrogados delimitando su vigencia, o en su defectos acudir a los procedimientos de resolución de conflictos colectivos de carácter extrajudicial de arbitraje para solventar de manera efectiva las discrepancias existentes tras el transcurso de los plazos máximos de negociación sin acuerdo, de cuyo arbitraje laboral se dictará un lauro de obligado cumplimiento con la misma eficacia jurídica que los convenios que sólo podrá ser recurrible por motivos tasados del Art 91 ET. .
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